Reglamento de usuario
Funicular de Santiago

ÍTEMS

I- GENERALIDADES
II- DERECHOS DE LOS USUARIOS
III- DEBERES DE LOS USUARIOS
IV- DEBERES DE LA EMPRESA
V- PROHIBICIONES
VI- INFRACCIONES

  1. El Funicular de Santiago es un sistema de trasporte de pasajeros con fines turísticos, operado
    por la empresa concesionaria Trasportes Patrimoniales S.A, por mandato de SERVIU
    Metropolitano. Dentro de la categoría de transporte es considerado de media-baja
    capacidad, es seguros, rápido, se considera un sistema limpio ya que al trabajar con un
    motor eléctrico no emite gases contaminantes al ambiente.

  2. El Funicular de Santiago es un medio de transporte turístico por cable en donde la capacidad
    de trasporte de personas está distribuida en 2 carros divididos en 5 módulos cada uno
    capaces de trasportar a 210 pasajeros por hora (por cada sentido).
  1. Acceder al servicio en condiciones de calidad y seguridad en los horarios establecidos.

  2. A no ser discriminados por razón alguna, respetando su personalidad, dignidad humana e intimidad.

  3. A recibir en todo momento un trato humano, amable, compresivo y respetuoso.

  4. A recibir información (comercial, técnica y sanitaria) de la forma más idónea y completa para
    su comprensión, por parte del equipo responsable.

  5. A ser atendido dentro de un tiempo adecuado en función de su condición de salud y
    conforme a criterios de equidad. Las personas en situación de discapacidad (física, psíquica)
    tendrán atención preferencial y condiciones logísticas especiales para su ingreso y salida
    contando con accesibilidad universal total dentro del primer trimestre del 2021.

  6. Elegir entre los diferentes medios de pago, según las tarifas y condiciones.

  7. Validar el medio de pago en los mecanismos de control de ingreso en las estaciones.

  8. Obtener información adecuada para el uso eficiente del sistema.


  9. Viajar con objetos, paquetes de mano livianos siempre y cuando estos no generen molestias
    o peligros para la persona o los demás usuarios.

  10. Los niños de brazos o con estatura inferior a 1 metro, deberán estar acompañados de sus
    padres o personas mayores.

  11. Presentar peticiones, sugerencias, quejas y reclamos en específicamente en libros de
    reclamos que están disponibles en boleterías, y a que los mismos sean atendidos
    oportunamente. También se puede optar por plataformas digitales

  12. Ser tratado con respeto por el personal de Funicular de Santiago. A que sus reclamaciones,
    peticiones y solicitudes de información sobre la prestación del servicio en el sistema sean
    atendidas oportunamente.

  13. En caso de incidente o suspensión del servicio, el usuario puede renunciar a continuar en el
    sistema y a que se le reconozca un viaje o la devolución de su dinero.
  1. Estar provisto de un medio de pago, adquirido en los puntos de venta autorizados por
    Funicular de Santiago. Los medios de pago son: efectivo, tarjetas y todo lo relacionado a
    comercio electrónico en moneda nacional.

  2. Pagar las tarifas establecidas por Funicular de Santiago según tramos, días de la semana, y
    edades de los visitantes, considerando que los niños menores de dos años tienen acceso
    liberado, y el precio de valor niño es hasta los 11 años, 11 meses y 30 días.

  3. Los visitantes que tengan algún tipo de discapacidad tendrán acceso totalmente liberado al
    funicular de Santiago mostrando en boletería su credencial de discapacidad, la cual es
    emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).

  4. Se considerará público de tercera edad a los adultos mayores que tengan sobre 60 años,
    presentando su cedula de identidad en boleterías. Al comprar online, la venta será con
    opciones libres, no obstante al momento de ingresar a cualquier estación un ejecutivo
    comercial verificará la información solicitando cedula de identidad.

  5. Cuidar y conservar el buen estado de los carros, estaciones, y en general todos los bienes
    que conforman el Funicular de Santiago.

  6. Respetar al personal perteneciente a Funicular de Santiago, quienes son personas
    específicamente encargadas dentro de las instalaciones de conservar el orden, velar por la
    seguridad del servicio de transporte, el buen servicio, controlar el estricto cumplimiento del
    presente reglamento y demás normas legales y complementarias de operaciones,
    seguridad, ventas y normas que rigen este servicio de transporte.

  7. Los usuarios deben informar oportunamente al personal de Funicular de Santiago si es que
    se sienten mal de salud o padecen de enfermedades o condiciones las cuales están
    afectando su experiencia o seguridad dentro de las instalaciones, en caso de ser necesario
    se puede reagendar la visita. Los coches para bebes deben ser desarmados previo al ingreso
    a los carros, y se considera como un cupo más, sin pagar ticket por ello. Identificar las rutas
    de evacuación para ser utilizadas en caso de emergencia.

  8. Acatar las instrucciones del personal de servicio asignado a Funicular de Santiago.

  9. No adoptar actitudes y posiciones que perjudiquen el buen servicio, alteren o pongan en
    riesgo a los demás usuarios y/o personal del sistema.

  10. Informar de cualquier anomalía presentada dentro del sistema que pueda afectar o poner
    en riesgo a los demás usuarios y/o personal del sistema.

  11. - Cuidar y respetar los carros, estaciones, toda la infraestructura del Sistema, así como la
    señalización y demarcaciones dentro de las mismas.

  12. Ingresar y descender a los carros de manera ordenada y segura, sólo en los lugares
    autorizados y/o indicados por el personal adscrito al sistema.

  13. Ubicarse en las instalaciones, carros o vehículos del Sistema en los lugares indicados para
    ello y sin obstaculizar la circulación o el libre desplazamiento de los demás Usuarios

  14. - Los Usuarios que salgan de los carros, tienen preferencia de paso sobre los que desean
    entrar en ellos. En las plataformas están demarcadas las zonas de ingreso, salida y de color
    amarillo están demarcados todos los límites.

  15. Hacer uso adecuado de los servicios y recursos que disponga Funicular de Santiago para su
    comodidad y seguridad, en los lugares destinados para ello.

  16. Respetar y cumplir los horarios de apertura, cierre y ventas de tickets del sistema Funicular
    en general.

  17. Trasportes Patrimoniales S.A (Funicular de Santiago) acoge las medidas de seguridad y
    convivencia emitidas por las autoridades nacionales y territoriales, durante la realización de
    eventos en el área de influencia del sistema. En consecuencia, el usuario deberá acatarlas.

  18. Respetar y cumplir las normas de utilización derivadas de este reglamento
  1. Brindar un buen trato a los usuarios

  2. Transportar a los Usuarios del Sistema desde su origen hasta su destino

  3. Cumplir los reglamentos de operación, de seguridad y del usuario, para la adecuada
    prestación del servicio.

  4. Mantener el Sistema en buen estado para su utilización realizando las verificaciones diarias
    previstas a la operación, mantenciones periódicas al sistema electromecánico e infraestructura al interior del área de concesión.

  5. Procurar no causar molestias a los usuarios durante la ejecución de Obras o de
    mantenimientos en el sistema, adoptando para ello todas las medidas de prevención
    necesarias.

  6. Señalar adecuadamente con la línea amarilla o franja de seguridad, delimitando la zona en la
    que el usuario debe permanecer en las estaciones o paradas, específicamente en las
    plataformas, hasta el momento de ingresar a los carros.


  7. Contar en todas las estaciones o paradas, con equipo de megafonía para transmitir al usuario
    informaciones oportunas y pertinentes para la adecuada utilización del servicio.

  8. Velar porque los usuarios sean informados por el personal designado por Funicular de
    Santiago sobre las características de prestación de los servicios de transporte del sistema y
    de las posibles incidencias.

  9. Presentar información actualizada de los servicios operacionales, resumen del reglamento
    del Usuario, tarifas, plano del Sistema y los horarios de apertura y cierre del servicio
    comercial.

  10. Informar a los Usuarios y al público en general en los puntos de entrada o de control de acceso
    a la estación o parada, los eventos especiales de cierre de una estación o conjunto de
    estaciones o paradas, por suspensión claramente justificada y comunicada por personal
    técnico de Funicular de Santiago.

  11. Brindar un trato preferencial a los usuarios con movilidad reducida o en situación de
    discapacidad. El usuario informará al personal de Funicular de Santiago en las estaciones
    sobre su condición.

  12. Funicular de Santiago no se responsabiliza por ninguna pérdida de cualquier tipo de objetos
    olvidados dentro de los carros ni estaciones. Cualquier elemento encontrado en las
    instalaciones será dejado en custodia dentro de la boletería Pio Nono.

  13. El personal de Funicular podrá anular y/o retirar el pasaje en cualquier momento y lugar en
    caso de uso contrario a la moral y buenas costumbres o si a su solo criterio el usuario incurre
    en conductas de riesgo, incluyendo aquellas que pongan en peligro la integridad física propia
    y de e otras personas.

  14. - En caso de una evacuación, la misma será efectuada con aplicación del protocolo de
    seguridad. El pasajero deberá estar atento y seguir las indicaciones de nuestros Encargados
    y personal del Complejo.
  1. Arrojar basuras, botellas, residuos sólidos o líquidos y, en general, objetos que representen
    peligro o produzcan daños a los usuarios, a los carros, estaciones, baños e infraestructura
    en general.

  2. Subir a los carros más de 35 personas, independiente de su edad o peso o condición física o
    mental, lo que incluye personas con discapacidad y/o movilidad reducida.

  3. Correr por escaleras, plataformas o accesos o entorpecer deliberadamente la circulación del
    público.

  4. Introducir objetos sucios, voluminosos y/o malolientes.

  5. Ingresar a las zonas destinadas para uso exclusivo de funcionarios.

  6. Transitar e ingresar para transportar: patines, monopatines, patinetas, bicicletas o similares.

  7. Subir a los carros sin desarmar coches de bebes.

  8. Obstaculizar el funcionamiento de equipos o impedir en cualquier forma el cierre de las
    puertas de los carros o tratar de abrirlas, de hacerlo, la persona será responsable civil y
    penalmente de las consecuencias de su imprudencia.

  9. Escribir, rayar, pintar, pegar carteles o ensuciar de cualquiera manera los pisos, paredes,
    carros, sillas e instalaciones en general.

  10. Asomar parte del cuerpo o cualquier objeto fuera de los carros, aun cuando estos se encuentren detenidos, salvo para el hecho de salir del respectivo carro en la plataforma de
    destino.

  11. Actuar de manera agresiva de tal forma que ponga en peligro la integridad física y/o causar molestia física, material o de palabra hacia otros pasajeros y al l personal de Funicular Santiago.

  12. Realizar movimientos bruscos al interior de los carros.

  13. - lngresar armas de cualquier tipo, explosivos, inflamables, tóxicos y/o elementos
    potencialmente aptos para causar daño en la integridad física o moral de los usuarios.
    Estarán exentos de esta prohibición personal de fuerzas armadas y de orden.

  14. Repartir publicidad, solicitar firmas de peticiones, recolectar dineros, promover arengas de
    orden político y religioso en los carros, estaciones e instalaciones de Funicular en general.

  15. - Producir ruido con bocinas, pitos o cualquier otra fuente fija o móvil de emisión
    contaminante.

  16. Utilizar a volumen alto radios, parlantes, grabadoras, celulares, tabletas y similares. Solo se
    autoriza su uso con audífonos a un volumen tal que permita al usuario escuchar
    informaciones emitidas por los altavoces de las estaciones o las instrucciones verbales en
    los carros.

  17. Ingresar a las instalaciones en estado de ebriedad, bajo el efecto de drogas ilícitas o estupefacientes.

  18. Consumir y/o ingerir bebidas embriagantes y/o sustancias psicotrópicas dentro de las instalaciones de Funicular.

  19. Consumir cualquier clase de alimentos y bebidas en los carros.

  20. Fumar en cualquier sector de las instalaciones de Funicular de Santiago

  21. Utilizar inadecuadamente mecanismos de emergencia

  22. Sentarse en los pisos de las estaciones, escaleras y carros.

  23. - Ejercer prédicas, ventas ambulantes, intervenciones artísticas y/o culturales a cambio de
    dinero u otra forma de compensación.

  24. - Practicar la comercialización ilegal de pasajes, tarjetas y/o de los diversos beneficios de
    Funicular de Santiago.

  25. Realizar rifas, fijar avisos, afiches o efectuar promociones publicitarias y presentaciones
    artísticas sin contar con la previa autorización de Funicular de Santiago.

  26. Practicar juegos o deportes en las zonas destinadas para la operación.

  27. Utilizar medios electrónicos que interfieran con el funcionamiento de los equipos y las
    comunicaciones internas del Sistema.

  28. Se podrán trasladar animales solamente en caso de: Acompañamiento a personal con
    discapacidad (perros lazarillos), acompañamiento emocional (se exigirá carnet que lo
    compruebe firmado por la autoridad competente) y perros pertenecientes a carabineros de
    Chile. En todos los casos el traslado de animales debe estar acompañado por arnés o correa
    respectiva y bozal en caso que se estime necesario.

  29. Se encuentra prohibida la adulteración y/o falsificación del pasaje. En caso de verificarse tal
    actitud, Funicular de Santiago tiene el derecho de retirar el pasaje de forma inmediata
    perdiendo el usuario todos los derechos que poseía y traerá aparejado de pleno derecho,
    sin necesidad de interpelación ni notificación alguna y sin derecho a reclamo, la resolución
    del contrato de pasaje. También se dará oportuno aviso a la autoridad competente.

  30. El ascenso con "DRONS" (aparatos de vuelo no tripulados), no está permitido. El propietario
    deberá pedir autorización previa para su uso en las inmediaciones del medio de elevación y además deberá portar con los permisos de la autoridad aeronáutica correspondiente.

  31. Por contingencia sanitaria, el uso de mascarillas filas de embarques y dentro de los carros es de uso obligatorio.
  1. Constituyen infracciones todas aquellas conductas prohibidas en el presente Reglamento de
    Funicular de Santiago, y demás normas y condiciones que le sean aplicables.

  2. Asimismo, se considerará infracción tanto la utilización incorrecta de los medios de pago de
    transporte en el Sistema, la falsificación, adulteración, reventa, sustracción o hurto de los
    mismos, que se sancionaran de conformidad con la Ley.

  3. Las sanciones previstas en este Reglamento serán aplicadas por la empresa concesionaria
    del Funicular de Santiago o el funcionario en quien se delegue esta función y las autoridades
    competentes.

  4. El procedimiento para la imposición de sanciones se ajustará a lo dispuesto en el código de
    Procedimiento Administrativo u otras disposiciones legales que sean aplicables.

  5. Las sanciones aplicables son: retiro de las instalaciones, amonestación, suspensión o
    cancelación de permisos o autorización para la utilización de bienes o servicios, expedida
    por las autoridades competentes de la concesión.

  6. Los Usuarios que ingresen a la zona paga, sin registrar un medio de pago válido, serán retirados en forma inmediata del Sistema.

  7. Quien infrinja las normas y sea retirado del Sistema no tendrá derecho al reconocimiento del viaje.