Reglamento de usuario
Funicular de Santiago
ÍTEMS
I- GENERALIDADES
II- DERECHOS DE LOS USUARIOS
III- DEBERES DE LOS USUARIOS
IV- DEBERES DE LA EMPRESA
V- PROHIBICIONES
VI- INFRACCIONES
I GENERALIDADES
- El Funicular de Santiago es un sistema de trasporte de pasajeros con fines turísticos, operado
por la empresa concesionaria Trasportes Patrimoniales S.A, por mandato de SERVIU
Metropolitano. Dentro de la categoría de transporte es considerado de media-baja
capacidad, es seguros, rápido, se considera un sistema limpio ya que al trabajar con un
motor eléctrico no emite gases contaminantes al ambiente. - El Funicular de Santiago es un medio de transporte turístico por cable en donde la capacidad
de trasporte de personas está distribuida en 2 carros divididos en 5 módulos cada uno
capaces de trasportar a 210 pasajeros por hora (por cada sentido).
II DERECHOS DE LOS USUARIOS
- Acceder al servicio en condiciones de calidad y seguridad en los horarios establecidos.
- A no ser discriminados por razón alguna, respetando su personalidad, dignidad humana e intimidad.
- A recibir en todo momento un trato humano, amable, compresivo y respetuoso.
- A recibir información (comercial, técnica y sanitaria) de la forma más idónea y completa para
su comprensión, por parte del equipo responsable. - A ser atendido dentro de un tiempo adecuado en función de su condición de salud y
conforme a criterios de equidad. Las personas en situación de discapacidad (física, psíquica)
tendrán atención preferencial y condiciones logísticas especiales para su ingreso y salida
contando con accesibilidad universal total dentro del primer trimestre del 2021. - Elegir entre los diferentes medios de pago, según las tarifas y condiciones.
- Validar el medio de pago en los mecanismos de control de ingreso en las estaciones.
- Obtener información adecuada para el uso eficiente del sistema.
- Viajar con objetos, paquetes de mano livianos siempre y cuando estos no generen molestias
o peligros para la persona o los demás usuarios. - Los niños de brazos o con estatura inferior a 1 metro, deberán estar acompañados de sus
padres o personas mayores. - Presentar peticiones, sugerencias, quejas y reclamos en específicamente en libros de
reclamos que están disponibles en boleterías, y a que los mismos sean atendidos
oportunamente. También se puede optar por plataformas digitales - Ser tratado con respeto por el personal de Funicular de Santiago. A que sus reclamaciones,
peticiones y solicitudes de información sobre la prestación del servicio en el sistema sean
atendidas oportunamente. - En caso de incidente o suspensión del servicio, el usuario puede renunciar a continuar en el
sistema y a que se le reconozca un viaje o la devolución de su dinero.
III DEBERES DE LOS USUARIOS
- Estar provisto de un medio de pago, adquirido en los puntos de venta autorizados por
Funicular de Santiago. Los medios de pago son: efectivo, tarjetas y todo lo relacionado a
comercio electrónico en moneda nacional. - Pagar las tarifas establecidas por Funicular de Santiago según tramos, días de la semana, y
edades de los visitantes, considerando que los niños menores de dos años tienen acceso
liberado, y el precio de valor niño es hasta los 11 años, 11 meses y 30 días. - Los visitantes que tengan algún tipo de discapacidad tendrán acceso totalmente liberado al
funicular de Santiago mostrando en boletería su credencial de discapacidad, la cual es
emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). - Se considerará público de tercera edad a los adultos mayores que tengan sobre 60 años,
presentando su cedula de identidad en boleterías. Al comprar online, la venta será con
opciones libres, no obstante al momento de ingresar a cualquier estación un ejecutivo
comercial verificará la información solicitando cedula de identidad. - Cuidar y conservar el buen estado de los carros, estaciones, y en general todos los bienes
que conforman el Funicular de Santiago. - Respetar al personal perteneciente a Funicular de Santiago, quienes son personas
específicamente encargadas dentro de las instalaciones de conservar el orden, velar por la
seguridad del servicio de transporte, el buen servicio, controlar el estricto cumplimiento del
presente reglamento y demás normas legales y complementarias de operaciones,
seguridad, ventas y normas que rigen este servicio de transporte. - Los usuarios deben informar oportunamente al personal de Funicular de Santiago si es que
se sienten mal de salud o padecen de enfermedades o condiciones las cuales están
afectando su experiencia o seguridad dentro de las instalaciones, en caso de ser necesario
se puede reagendar la visita. Los coches para bebes deben ser desarmados previo al ingreso
a los carros, y se considera como un cupo más, sin pagar ticket por ello. Identificar las rutas
de evacuación para ser utilizadas en caso de emergencia. - Acatar las instrucciones del personal de servicio asignado a Funicular de Santiago.
- No adoptar actitudes y posiciones que perjudiquen el buen servicio, alteren o pongan en
riesgo a los demás usuarios y/o personal del sistema. - Informar de cualquier anomalía presentada dentro del sistema que pueda afectar o poner
en riesgo a los demás usuarios y/o personal del sistema. - - Cuidar y respetar los carros, estaciones, toda la infraestructura del Sistema, así como la
señalización y demarcaciones dentro de las mismas. - Ingresar y descender a los carros de manera ordenada y segura, sólo en los lugares
autorizados y/o indicados por el personal adscrito al sistema. - Ubicarse en las instalaciones, carros o vehículos del Sistema en los lugares indicados para
ello y sin obstaculizar la circulación o el libre desplazamiento de los demás Usuarios - - Los Usuarios que salgan de los carros, tienen preferencia de paso sobre los que desean
entrar en ellos. En las plataformas están demarcadas las zonas de ingreso, salida y de color
amarillo están demarcados todos los límites. - Hacer uso adecuado de los servicios y recursos que disponga Funicular de Santiago para su
comodidad y seguridad, en los lugares destinados para ello. - Respetar y cumplir los horarios de apertura, cierre y ventas de tickets del sistema Funicular
en general. - Trasportes Patrimoniales S.A (Funicular de Santiago) acoge las medidas de seguridad y
convivencia emitidas por las autoridades nacionales y territoriales, durante la realización de
eventos en el área de influencia del sistema. En consecuencia, el usuario deberá acatarlas. - Respetar y cumplir las normas de utilización derivadas de este reglamento
IV DEBERES DE LA EMPRESA
- Brindar un buen trato a los usuarios
- Transportar a los Usuarios del Sistema desde su origen hasta su destino
- Cumplir los reglamentos de operación, de seguridad y del usuario, para la adecuada
prestación del servicio. - Mantener el Sistema en buen estado para su utilización realizando las verificaciones diarias
previstas a la operación, mantenciones periódicas al sistema electromecánico e infraestructura al interior del área de concesión. - Procurar no causar molestias a los usuarios durante la ejecución de Obras o de
mantenimientos en el sistema, adoptando para ello todas las medidas de prevención
necesarias. - Señalar adecuadamente con la línea amarilla o franja de seguridad, delimitando la zona en la
que el usuario debe permanecer en las estaciones o paradas, específicamente en las
plataformas, hasta el momento de ingresar a los carros. - Contar en todas las estaciones o paradas, con equipo de megafonía para transmitir al usuario
informaciones oportunas y pertinentes para la adecuada utilización del servicio. - Velar porque los usuarios sean informados por el personal designado por Funicular de
Santiago sobre las características de prestación de los servicios de transporte del sistema y
de las posibles incidencias. - Presentar información actualizada de los servicios operacionales, resumen del reglamento
del Usuario, tarifas, plano del Sistema y los horarios de apertura y cierre del servicio
comercial. - Informar a los Usuarios y al público en general en los puntos de entrada o de control de acceso
a la estación o parada, los eventos especiales de cierre de una estación o conjunto de
estaciones o paradas, por suspensión claramente justificada y comunicada por personal
técnico de Funicular de Santiago. - Brindar un trato preferencial a los usuarios con movilidad reducida o en situación de
discapacidad. El usuario informará al personal de Funicular de Santiago en las estaciones
sobre su condición. - Funicular de Santiago no se responsabiliza por ninguna pérdida de cualquier tipo de objetos
olvidados dentro de los carros ni estaciones. Cualquier elemento encontrado en las
instalaciones será dejado en custodia dentro de la boletería Pio Nono. - El personal de Funicular podrá anular y/o retirar el pasaje en cualquier momento y lugar en
caso de uso contrario a la moral y buenas costumbres o si a su solo criterio el usuario incurre
en conductas de riesgo, incluyendo aquellas que pongan en peligro la integridad física propia
y de e otras personas. - - En caso de una evacuación, la misma será efectuada con aplicación del protocolo de
seguridad. El pasajero deberá estar atento y seguir las indicaciones de nuestros Encargados
y personal del Complejo.
V PROHIBICIONES
- Arrojar basuras, botellas, residuos sólidos o líquidos y, en general, objetos que representen
peligro o produzcan daños a los usuarios, a los carros, estaciones, baños e infraestructura
en general. - Subir a los carros más de 35 personas, independiente de su edad o peso o condición física o
mental, lo que incluye personas con discapacidad y/o movilidad reducida. - Correr por escaleras, plataformas o accesos o entorpecer deliberadamente la circulación del
público. - Introducir objetos sucios, voluminosos y/o malolientes.
- Ingresar a las zonas destinadas para uso exclusivo de funcionarios.
- Transitar e ingresar para transportar: patines, monopatines, patinetas, bicicletas o similares.
- Subir a los carros sin desarmar coches de bebes.
- Obstaculizar el funcionamiento de equipos o impedir en cualquier forma el cierre de las
puertas de los carros o tratar de abrirlas, de hacerlo, la persona será responsable civil y
penalmente de las consecuencias de su imprudencia. - Escribir, rayar, pintar, pegar carteles o ensuciar de cualquiera manera los pisos, paredes,
carros, sillas e instalaciones en general. - Asomar parte del cuerpo o cualquier objeto fuera de los carros, aun cuando estos se encuentren detenidos, salvo para el hecho de salir del respectivo carro en la plataforma de
destino. - Actuar de manera agresiva de tal forma que ponga en peligro la integridad física y/o causar molestia física, material o de palabra hacia otros pasajeros y al l personal de Funicular Santiago.
- Realizar movimientos bruscos al interior de los carros.
- - lngresar armas de cualquier tipo, explosivos, inflamables, tóxicos y/o elementos
potencialmente aptos para causar daño en la integridad física o moral de los usuarios.
Estarán exentos de esta prohibición personal de fuerzas armadas y de orden. - Repartir publicidad, solicitar firmas de peticiones, recolectar dineros, promover arengas de
orden político y religioso en los carros, estaciones e instalaciones de Funicular en general. - - Producir ruido con bocinas, pitos o cualquier otra fuente fija o móvil de emisión
contaminante. - Utilizar a volumen alto radios, parlantes, grabadoras, celulares, tabletas y similares. Solo se
autoriza su uso con audífonos a un volumen tal que permita al usuario escuchar
informaciones emitidas por los altavoces de las estaciones o las instrucciones verbales en
los carros. - Ingresar a las instalaciones en estado de ebriedad, bajo el efecto de drogas ilícitas o estupefacientes.
- Consumir y/o ingerir bebidas embriagantes y/o sustancias psicotrópicas dentro de las instalaciones de Funicular.
- Consumir cualquier clase de alimentos y bebidas en los carros.
- Fumar en cualquier sector de las instalaciones de Funicular de Santiago
- Utilizar inadecuadamente mecanismos de emergencia
- Sentarse en los pisos de las estaciones, escaleras y carros.
- - Ejercer prédicas, ventas ambulantes, intervenciones artísticas y/o culturales a cambio de
dinero u otra forma de compensación. - - Practicar la comercialización ilegal de pasajes, tarjetas y/o de los diversos beneficios de
Funicular de Santiago. - Realizar rifas, fijar avisos, afiches o efectuar promociones publicitarias y presentaciones
artísticas sin contar con la previa autorización de Funicular de Santiago. - Practicar juegos o deportes en las zonas destinadas para la operación.
- Utilizar medios electrónicos que interfieran con el funcionamiento de los equipos y las
comunicaciones internas del Sistema. - Se podrán trasladar animales solamente en caso de: Acompañamiento a personal con
discapacidad (perros lazarillos), acompañamiento emocional (se exigirá carnet que lo
compruebe firmado por la autoridad competente) y perros pertenecientes a carabineros de
Chile. En todos los casos el traslado de animales debe estar acompañado por arnés o correa
respectiva y bozal en caso que se estime necesario. - Se encuentra prohibida la adulteración y/o falsificación del pasaje. En caso de verificarse tal
actitud, Funicular de Santiago tiene el derecho de retirar el pasaje de forma inmediata
perdiendo el usuario todos los derechos que poseía y traerá aparejado de pleno derecho,
sin necesidad de interpelación ni notificación alguna y sin derecho a reclamo, la resolución
del contrato de pasaje. También se dará oportuno aviso a la autoridad competente. - El ascenso con "DRONS" (aparatos de vuelo no tripulados), no está permitido. El propietario
deberá pedir autorización previa para su uso en las inmediaciones del medio de elevación y además deberá portar con los permisos de la autoridad aeronáutica correspondiente. - Por contingencia sanitaria, el uso de mascarillas filas de embarques y dentro de los carros es de uso obligatorio.
VI INFRACCIONES
- Constituyen infracciones todas aquellas conductas prohibidas en el presente Reglamento de
Funicular de Santiago, y demás normas y condiciones que le sean aplicables. - Asimismo, se considerará infracción tanto la utilización incorrecta de los medios de pago de
transporte en el Sistema, la falsificación, adulteración, reventa, sustracción o hurto de los
mismos, que se sancionaran de conformidad con la Ley. - Las sanciones previstas en este Reglamento serán aplicadas por la empresa concesionaria
del Funicular de Santiago o el funcionario en quien se delegue esta función y las autoridades
competentes. - El procedimiento para la imposición de sanciones se ajustará a lo dispuesto en el código de
Procedimiento Administrativo u otras disposiciones legales que sean aplicables. - Las sanciones aplicables son: retiro de las instalaciones, amonestación, suspensión o
cancelación de permisos o autorización para la utilización de bienes o servicios, expedida
por las autoridades competentes de la concesión. - Los Usuarios que ingresen a la zona paga, sin registrar un medio de pago válido, serán retirados en forma inmediata del Sistema.
- Quien infrinja las normas y sea retirado del Sistema no tendrá derecho al reconocimiento del viaje.